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Con fundamento en lo establecido en el Artículo 92 Fracción XLVIII A Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie. Los sujetos obligados que sean ejecutores de gasto podrán otorgar donativos siempre y cuando lo hagan en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento d los donativos fijados por la Secretaría de la Función Pública, así como las disposiciones análogas de las Entidades Federativas. A la fecha este Sujeto Obligado no ha generado información referente a esta fracción. Ejercicio : 2019 Fecha de inicio del periodo que se informa : 01/10/2019 Fecha de término del periodo que se informa : 31/12/2019 área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información : TEOLOYUCAN Fecha de actualización : 2020-01-19 15:08:39 Fecha de validación : 2020-01-19 15:08:45 |