Aviso: |
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La presente fracción NO aplica ya que el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social dentro de sus atribuciones, no esta facultado para otorgar poderes a terceros por lo que no se asigna recurso a ninguna persona física o moral para el ejercicio de los recursos, lo anterior fundamentado en el artículo 5 del Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se crea el Organismo Público Descentralizado. |